martes, 28 de marzo de 2017

Manual de Convivencia Escolar 2017




Presentación

A toda nuestra comunidad educativa:

Nuestra escuela define emanual de convivencia escolar como un documento interno que identifica mecanismos y procedimientos para la prevención y resolución de conflictos de manera creativa, pacifica, justa y democrática. El énfasis central de este documento está en el ámbito de la prevención y facilitación de que los estudiantes compartan en un contexto que les posibilite la creación de un sentido de pertenencia, fortaleciendo un sistema de convivencia sana y democrática en el cual todos hemos participado, a partir de una construcción colectiva.
           
En la actualidad la convivencia escolar se ha transformado en un pilar fundamental para el proceso formativo, siendo una dimensión elemental en el modelo de gestión de calidad para las comunidades educativas, donde las dinámicas relacionales van en estrecha relación con los resultados y los objetivos de aprendizaje, estando vinculado y siendo parte imprescindible en el currículo de los establecimientos educacionales.


Este manual ha sido resultado de un proceso participativo donde se han incorporado en la reflexión y análisis los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, donde cada uno de ellos ha portado según la realidad Escuela a la cual nos enfrentamos cada día, dando un especial interés y énfasis a lo formativo que pueda ser este manual. Para esto se desarrolló una jornada donde participaron directivos, docentes, asistentes de la educación, estudiante y apoderados donde se buscaba tener una mirada común en relación a las problemáticas que se van generando en nuestra Escuela con la finalidad de trabajar en conjunto y abordarlas de forma colectiva, buscando siempre el bien común para nuestra Comunidad Educativa.





VISIÓN
       
Los alumnos que egresan de nuestra escuela, serán capaces de desenvolverse de manera responsable, solidaria, trabajar en equipo colaborativamente, con sentido de superación, respetando la diversidad e insertándose en el medio de manera positiva y democrática.

MISIÓN
        La Escuela Diego Portales anhela fortalecer y potenciar, las competencias de sus estudiantes en los ámbitos pedagógicos, afectivo y social, entregándoles las herramientas necesarias para desenvolverse efectivamente en el contexto al que les toque enfrentar.



El presente manual de convivencia basa su accionar en la legalidad existente, para argumentar su necesidad permanente en el grupo humano que lo practica, promoviendo una buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, conforme a lo establecido en el Párrafo 3º de la ley de violencia escolar (Ley 20.536).
MARCO LEGAL Y POLÍTICO     
1.- Constitución Política de la República de Chile. (Inciso modificado por el artículo único, N° 1 de la ley de Reforma Constitucional N° 19.611)
2.- Declaración Universal de los Derechos Humanos.  (Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10-12-1948.
3.- Convención sobre los Derechos del Niño.
4.- Ley General de Educación LG.E. (Sobre Convivencia Escolar, Boletín N° 7428-04)
5.- Marco para la Buena Enseñanza y Buena Dirección.
6.- Ley de Responsabilidad Penal Juvenil. (Ley Nº.  20.084)
7.- Decretos Supremos de Educación en lo que refiere a OFT
8.- Instructivo presidencial sobre participación ciudadana.
9.- Política de Participación de padres, madres y apoderados en el sistema educativo (Política convivencia, pág. 10)
10.- Ley de Tabaco (ley de tabaco Nº 20.105), Ley de Alcoholes (ley Nª 19.925) y Ley de Drogas (la ley de Drogas vigente Nº 20.000).
11.- Reglamento Interno. Corporación Municipal de Educación y Salud. San Bernardo.
12.- Ley de Tenencia de Armas (LEY Nº. 36).
13.- Ley de Violencia Escolar 20.536.
14.- Embarazo adolescente (Art. 11 Ley General de Educación).
15.- Ley antidiscriminación (LEY Nº. 20.609).
16.- Ley de Inclusión (LEY Nº 20.845).
GLOSARIO

Se agrega a este manual, la definición de algunos conceptos para facilitar la comprensión del texto.

Abuso Sexual: Es el contacto o interacción entre un niño o niña y un adulto, en el que es utilizado/a para satisfacer sexualmente al adulto. Puede ser actos cometidos con niños/as del mismo sexo o de diferentes sexos del agresor (guía educativa, prevención del abuso sexual, min. De justicia).

Arbitraje: Es cuando las partes involucradas en un conflicto depositan confianza en una tercera persona, con atribuciones para ello para que tome la decisión de cómo resolver la disputa o diferencia entre ambas. En este sentido el tercero actúa como un Juez y ambas partes se comprometen a aceptar su decisión.

Arbitraje Pedagógico: Procedimiento dialógico de resolución de conflictos que administra un profesional educativo con atribuciones reconocidas por las partes en un   establecimiento escolar. Es quien recaba información   sobre el conflicto, escucha a las partes y evalúa la gravedad de la falta cometida considerando los intereses y puntos de vista de los involucrados.

Bullying o abuso Escolar: Es toda acción un omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del Establecimiento Educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atente en contra de otros estudiantes, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoquen en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (ley 20.536 sobre violencia Escolar).

Conflicto: Los conflictos son parte de la convivencia entre las personas, este surge cuando una de las partes, o ambas, perciben que el otro constituye un obstáculo para lograr las propias metas.

Convivencia Escolar: Es una dimensión de la gestión escolar que involucra a todos los actores educativos.  “La coexistencia armónica de los miembros de la Comunidad Educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite un adecuado cumplimiento de los objetivos Educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los Estudiantes” (Ley 20.536).

Deber: Es la obligación que afecta a cada persona, impuesta por la moral, la ley, las normas sociales o la propia conciencia o la razón.

Derechos Humanos: Conjunto de Normas   aplicables   en    cualquier   circunstancias, que   protege la dignidad humana, en especial contra comportamientos arbitrarios de autoridades representantes del estado. Existen un conjunto de derechos y libertades civiles y políticas consustanciales a la existencia humana. Los derechos económicos, sociales y culturales tienen un carácter progresivo en el ejercicio de los mismos.

Dignidad: Valía y honor de todas las personas, sea quienes sean e independiente de su nacionalidad, raza, creencias religiosas, clases sociales, opinión política o cualquiera característica personal o del grupo al que pertenezcan.

Discriminación: Es la negación de la plena responsabilidad y derechos en un ser humano. La discriminación es la negación de su calidad de ser humano e igual, en dignidad y derechos, de una persona respecto de otro u otros. “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.  (Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. Nº1).

Instancias de Apelación: Derecho que tiene toda persona a ser escuchada ante cualquier acusación por vulneración a una norma. Instancia que debe contemplar todo procedimiento de evaluación a una falta o vulneración a una norma.

Mediación: Proceso informal o alternativo de resolución de conflictos en que un tercero neutral, ayuda a las partes en conflicto a alcanzar un acuerdo voluntario y el efecto más importante del proceso es la producción de un acuerdo voluntario de la disputa. En este proceso las partes ponen en ejercicio diversas habilidades sociales que favorecen el desarrollo de la autoestima, confianza en sí mismo y confianza en el otro.

Mediación entre Pares: Proceso de resolución pacífica de conflictos, mediante el   cual ambos alumnos en conflicto logran    dialogar, escucharse, ponerse en el lugar del otro de manera respetuosa, intentando alcanzar una solución al conflicto.

Negociación: Constituye una forma alternativa de abordaje de conflictos y es cuando las personas implicadas, dialogan, cara a cara, para llegar a un acuerdo. Cada uno expone su propio punto de vista, escucha el de la otra parte y están dispuestas a ceder para llegar a un acuerdo.

Norma: Regla de conducta que una comunidad o sociedad impone a sus miembros para garantizar el bien común y cuya violación estará sancionada. Las normas tienen por objeto fijar pautas para el accionar humano, así como también establecer y justificar límites y responsabilidades en la relación con los otros.

Normas de Convivencia en el Aula: se refiere a aquellas normas que los docentes y/o estudiantes, definen para regular el funcionamiento e interacción en los procesos pedagógicos que se vivencian al interior del aula o sala de clases. Las normas de convivencia en el aula deben siempre estar en concordancia con las normas de convivencia explicitadas en el reglamento de convivencia.

Normas de Interacción: Conjunto de normas que regulan, fijan límites y responsabilidades sobre la interrelación de los miembros de la comunidad educativa.


Normas de Funcionamiento: Son aquellas normas que regulan, fijan límites y responsabilidades con respecto a aquellas situaciones que inciden en el funcionamiento regular de la comunidad educativa.

Procedimientos: Proceso por el cual se realiza una serie de acciones frente a una situación particular, que en el caso que constituya falta grave o gravísima se procede a una investigación en la cual se contemplan instancias de apelación y medios de verificación (Debido Proceso).

Procedimiento de resolución de conflictos: Conjunto de pasos   y acuerdos que tienen como fin    el conocimiento, análisis, evaluación de responsabilidad de las partes involucradas en un conflicto y construcción de salida o resolución de la disputa.

Técnicas de resolución de conflicto: Acciones     tendientes   a buscar   solución a un   conflicto, se    reconocen   dos    tipos; Pacificación, Arbitraje Pedagógico y Mediación entre pares.

Sanción Administrativa: Contemplan acciones referentes al normal   desenvolvimiento   dentro   de la entidad   educativa, las   cuales    son administradas   bajo    la   dirección   equipo directivo del establecimiento o   docentes. Ejemplo: Suspensiones, expulsión, condicionalidad   de matrícula, anotación en hoja de desarrollo escolar, entre otras.

Sanción Pedagógica: Contempla   una acción en   tiempo   libre del   estudiante   el cual es asesorado por un docente en actividades como:  recolectar o elaborar material para estudiantes de un curso inferior, ayudar en la atención de algún curso, dirigir alguna actividad recreativa con cursos de niveles inferiores, etc.

Sanción Reparatoria: Acción que tenga como reparar daños a terceros. Ejemplo: disculpas, reponer material dañado, copiar la materia si le rompió un cuaderno a un compañero, etc.


Sanción Comunitaria: Implica   alguna   actividad   que   beneficie   a   la   comunidad   escolar   a la que pertenece. La actividad a desarrollar por el estudiante debe   tener   relación con la   falta e implica   hacerse   responsable de su   infracción a través   de un esfuerzo personal.  Ejemplo: reparar mobiliario, hermosear jardín, ayudar por un día al auxiliar de patio, o en el comedor, limpiar su sala, etc.


NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

De la Puntualidad, Permanencia y Asistencia.
Norma
Métodos preventivos
Falta a la norma
Grado de la falta
Sanción
Responsable
Procedimiento









Los estudiantes ingresan al establecimiento a las 8:00 horas y se retiran, 15:15 horas de acuerdo al horario de su Curso.

Reforzar y difundir los horarios para lograr la conducta esperada (Formación Escolar, Consejo de curso, diario mural, etc.)



Llegar atrasado al establecimiento.





Leve





Administrativa.





Asistente de Educación. (inspector de nivel)

§  El inspector de nivel registra en su cuaderno los atrasos el nombre de los estudiantes y la frecuencia de sus atrasos, informando al profesor jefe de situación, quien conversará con el estudiante.

§  En el caso de un atraso excesivo en el ingreso, el inspector de nivel o profesor jefe enviara a biblioteca al estudiante, donde realizara trabajo pedagógico.

§  Completados los tres atrasos el inspector de nivel a cargo informa al profesor/a jefe, quien registra en la hoja de vida del estudiante; así mismo el inspector de nivel citará al apoderado, sólo para informar de situación, sin intervenir con juicios u otros.

§  Al registrar tres atrasos más será el profesor jefe quien cite al apoderado para tratar tema en mayor profundidad. De continuar la situación será inspectoría General quien cite al apoderado para firmar compromiso por parte de este.

§  De Pre básico a Octavo básico se informará en la reunión de apoderados los atrasos de los alumnos.
§  Si el profesor determina que esta situación afecta el aprendizaje del estudiante, se informará a U.T.P., quien determinará pasos a seguir
§  De continuar situación, Inspectoría General y Equipo Psicosocial determinarán derivación a redes, de ser necesario.


Premiar al curso con mejor puntualidad. Al término  de cada semestre, reconociéndolos públicamente en el cuadro de honor de la Escuela.





Tres o más atrasos en el mes.







Grave






Pedagógica y
Administrativo

Asistente de la Educación (Inspector de nivel)

Profesor Jefe.

Inspectoría General

U.T.P.

Equipo Psicosocial
Norma
Métodos preventivos
Falta a la norma
Grado de la falta
Sanción
Responsable
Procedimiento

Los estudiantes ingresan     
a la sala de clases al finalizar los recreos. De igual forma los docentes esperan a sus alumnos en la entrada de la sala.










Pasar lista después de cada recreo e informar a Inspectoría la ausencia del alumno.



No entrar a clases (fuga interna 1 vez y 2 veces en el mes).




Grave




Pedagógica.

Recuperación de estudios.

Asistente de la Educación (Inspector de nivel),

Profesor Jefe

Profesor de Asignatura




§  El funcionario que detecta la falta, informa al Inspector de nivel, Profesor Jefe o de Asignatura.

§  Registrar cada fuga en el libro de clases e incorporación de él/la estudiante al Aula o trabajo pedagógico en biblioteca.

§  Profesor Jefe conversará con el estudiante por situación.

§  Citación al apoderado la primera vez por inspector/a de nivel, quien informará sin realizar juicios u otros.

§  La segunda vez el profesor jefe citará al apoderado para entrevista, registrándola en el libro de clases.

§  De ocurrir una tercera vez, Inspectoría General citará al apoderado para entrevista y determinar la derivación a equipo psicosocial y/o U.T.P de ser necesario





Sensibilizar y difundir a toda la Comunidad Educativa el cumplimiento oportuno de horarios






Más de tres veces en el mes.







Gravísima






Administrativa.


Profesor Jefe.

Inspectoría General.

Equipo Psicosocial

U.T.P.

Norma
Métodos preventivos
Falta a la norma
Grado de la falta
Sanción
Responsable
Procedimiento












Los estudiantes permanecen en la Unidad Educativa de acuerdo al horario de clases asignado.











Informar en reuniones de apoderados todas las inasistencias de los alumnos.









§  Fuga del establecimiento educacional.

§  No ingresar al establecimiento (cimarra).












Gravísima











Pedagógica.

Administrativa.












Profesor Jefe.

Inspector General.

Equipo Psicosocial


Director.

.
§  Inspector de nivel llama por teléfono al apoderado o adulto responsable del estudiante y pide la urgente concurrencia de este al establecimiento, informándole el motivo inmediato.

§  Profesor Jefe, junto a Inspectoría General se entrevistan con apoderado para informar de situación.

§  Inspectoría General determina necesidad de firma compromiso apoderado y/o si el caso requiere derivación al Equipo Psicosocial.

§  Se aplica sanción administrativa de suspensión.

§  Si vuelve a ocurrir una segunda vez se aplica condicionalidad de matrícula.

§  Apoderado que no asista debe justificar al día siguiente en Inspectoría General.

§  De no justificar inspectora de nivel y/o Inspectoría General insistirá vía telefónica y/o escrita la necesidad de entrevista.

§  De seguir inasistencia de apoderado o adulto responsable del estudiante, se pedirá apoyo policial o judicial según corresponda.


Norma
Métodos preventivos
Falta a la norma
Grado de la falta
Sanción
Responsable
Procedimiento















Los estudiantes asisten diariamente al establecimiento.






















Informar en reuniones de apoderados todas las inasistencias de los alumnos.













§  Inasistencias sin justificación.














Grave










Administrativa

Pedagógica.

Reparatoria







Inspector de nivel


Profesor Jefe


Inspectoría General


Equipo Psicosocial
§  El inspector de nivel registra en su cuaderno los atrasos el nombre de los estudiantes y la frecuencia de sus atrasos, informando al profesor jefe de situación, quien conversará con el estudiante.

§  Completados los tres atrasos el inspector de nivel a cargo informa al profesor/a jefe, quien registra en la hoja de vida del estudiante; así mismo el inspector de nivel citará al apoderado, sólo para informar de situación, sin intervenir con juicios u otros.

§  Al registrar tres atrasos más será el profesor jefe quien cite al apoderado para tratar tema en mayor profundidad. De continuar la situación será inspectoría General quien cite al apoderado para firmar compromiso por parte de este.

§  Si el apoderado no cumple con el compromiso firmado en Inspectoría General será derivado a la Trabajadora Social del Establecimiento, cumpliendo con el artículo 28 de la Convención de los Derechos de los niños.

§  Se derivará al estudiante a U.T.P. para ser evaluado junto al Profesor Jefe y de Asignaturas la necesidad de apoyo y/o estrategias de nivelación conjuntas








De la seguridad escolar, la violencia y el respeto.




Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento

La comunidad escolar debe cumplir las normas de seguridad básicas y de buenas costumbres durante las actividades de alimentación.


Publicar visiblemente normas y reglas de comportamiento en el casino (asistentes de la Educación).



Profesores llevarán a sus alumnos al casino (1°ciclo).



Charlas psicoeducativas y de autocuidado.
§  No seguir las normas establecidas en el casino y ocasionar conductas riesgosas o dañar a los demás.




Leve



Pedagógica
Comunitaria

Docente.

Funcionarios de la Escuela.

Inspector de Nivel



  • El funcionario que observa la falta aplica la sanción pedagógica o comunitaria según considere pertinente.
  • En el caso de seguir con la falta, se informará a Inspector/a de nivel, quien realizará la anotación correspondiente. De seguir conducta notificará al profesor jefe del curso. Citará y notificará al apoderado.




La comunidad escolar mantiene un comportamiento que favorece la integridad física de ellos y de los otros.
§  Realizar comportamientos riesgosos. (correr en escaleras, deslizarse por barandas, subirse en sitios de riesgo, empujarse, etc.)



Grave




Pedagógica
Administrativa


Funcionarios de la Escuela.

Inspector de Nivel

Profesor Jefe


  • El funcionario que observa el comportamiento conversará con el estudiante e informa a Inspector de Nivel, quien tratará el tema e informará al Profesor Jefe.

  • Profesor Jefe registra en hoja de vida según magnitud del hecho e informa a apoderado la conducta de su pupilo.




Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento


La comunidad escolar   se abstienen de ingresar al establecimiento, elementos que impliquen peligro para los integrantes de la comunidad educativa.





Charlas psicoeducativas y de autocuidado.

Charlas informativas (carabineros, PDI)





Traer y/o usar elementos corto punzantes o armas de fuego.








Gravísima








Administrativa






Inspectoría General

Dirección

Equipo Psicosocial


  • El funcionario que constata la falta retira el arma y acompaña al estudiante a la oficina de Inspectoría General dando constancia de la situación. Además, informará oportunamente al Director/a, Profesor Jefe e Inspector de Nivel; una vez realizada la Investigación se determinarán las sanciones a aplicar a los responsables según la implicancia. Se notificará al apoderado de forma inmediata y se pedirá entrevista de manera urgente. (considerar Ley No 20.536 sobre Violencia Escolar)

  • Si el estudiante tiene 14 años o más y porta un arma o está al tanto de esta situación, independiente de su edad, la Dirección hará la denuncia a Carabineros.

  • Inspectoría General derivará a Departamento Convivencia con documento interno oficial.




La Unidad escolar actúa garantizando el cumplimiento de la ley de tabaco vigente. 
Nº 20.105





Charlas Preventiva del consumo de tabaco y alcohol.



§  Fumar dentro del Establecimiento. No respetando el espacio saludable de los demás.









Gravísima




Pedagógica

Administrativa

Comunitaria




Inspectoría General

Dirección

Equipo Psicosocial


  • Si la Comunidad Educativa detecta la falta, informa a Inspectoría General, quién citará de manera inmediata al apoderado para entrevista con carácter de urgente.

  • Inspectoría General una vez realizado sus protocolos informará al Director/a, Profesor Jefe, Inspector de Nivel y Departamento Convivencia. (realizar derivación con documento interno oficial de ser necesario)



Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento

La Unidad Educativa actúa garantizando el cumplimiento de la Ley general de alcohol vigente Nº 19.925 y la ley de Drogas vigente Nº 20.000


Actividades recreativas orientadas a la prevención del consumo de tabaco y alcohol.

Charlas psicoeducativas con respecto al tema.


Ingresar. Comercializar, portar, y/o consumir alcohol o drogas en el Establecimiento. (marihuana, pasta base, psicotrópicos  u otra)






Gravísima




Pedagógica

Administrativa

Comunitaria




Inspectoría General

Dirección

Equipo Psicosocial


  • Si la Comunidad Educativa detecta la falta, informa a Inspectoría General, quién citará de manera inmediata al apoderado para entrevista con carácter de urgente.

  • Inspectoría General una vez realizado sus protocolos informará al Director/a, Profesor Jefe, Inspector de Nivel y Departamento Convivencia. (realizar derivación con documento interno oficial de ser necesario)

  • A la vez se informará a Carabineros o a la red pertinente en caso de que sea necesario.

Los estudiantes asumen una conducta honesta dentro del establecimiento educacional.


Charla psicoeducativa sobre Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.


Hurtar o robar dentro del establecimiento.




Gravísima


Administrativa

Reparatoria

Profesor jefe
Profesor asignatura
Inspectoría General
Dirección

  • Si la Comunidad Educativa detecta la falta, informa a Inspectoría General, quién citará de manera inmediata al apoderado para entrevista con carácter de urgente.

  • Inspectoría General una vez realizado sus protocolos informará al Director/a, Profesor Jefe, Inspector de Nivel y Departamento Convivencia. (realizar derivación con documento interno oficial de ser necesario)

  • A la vez se informará a Carabineros, quedando sujeto a ley de responsabilidad penal Juvenil (Ley numero 20.084) si el estudiante tiene 14 años o más. y/o a la red pertinente en caso de que sea necesario.

  • Se aplicará el mismo procedimiento para los cómplices del robo o hurto.



Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento

La Comunidad Educativa mantienen conductas de respeto y de no violencia entre todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

Publicar en diario mural normativas generales de comportamiento más importantes.


Supervisión continúa de asistentes de la educación en actividades escolares.





Informar por escrito a apoderado de salida del establecimiento y de las conductas que deben tener. Al mismo tiempo solicitar autorización por escrito.






§  Alterar el desarrollo normal de actividades (aula, acto cívico y otros).










Grave












Pedagógica

Administrativa







Inspector de Nivel

Profesor Jefe

Profesor asignatura

Funcionarios.

Inspectoría General

Encargado salidas culturales



  • Quien detecte la falta amonestará verba y pedagógicamente al estudiante.



  • En caso de reiteración de la conducta se informará al Inspector de Nivel y/o Profesor Jefe, se registrará en la hoja de vida del estudiante. El Inspector de Nivel citará al apoderado. Derivación a Inspectoría General en caso de no asistir apoderado.








  • Quien observe la falta amonesta verbal y pedagógicamente al estudiante. Informa al Inspector de Nivel, Profesor encargado de salidas culturales y/o Profesor Jefe se registrará falta en hoja de vida del estudiante; Profesor Jefe citará apoderado. Derivación a Inspectoría General de no presentarse apoderado.


Los estudiantes contribuyen al desarrollo normal de las actividades que se realicen en el establecimiento.

Los estudiantes contribuyen al desarrollo normal de actividades fuera del establecimiento.

§  Alterar desarrollo normal de actividades (salidas culturales deportivas, etc.).





Gravísima



Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento











Los estudiantes asumen una conducta honesta dentro del establecimiento educacional.












Charla psicoeducativa sobre Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.







§  Incurrir en actitudes deshonesta: falsear calificaciones, nombre, falsificar firmas, domicilio


§  Hurtar o robar dentro del establecimiento.
















Gravísima










Administrativa



Reparatoria









Todos los
Funcionarios


Inspectoría General



Dirección







  • El funcionario que detecta la falta informa a Inspectoría General quien citará al apoderado de forma inmediata. Si el estudiante tiene 14 años o más, se informará a Carabineros, quedando sujeto a ley de responsabilidad penal Juvenil (Ley número 20.084), notificando al apoderado al momento de los hechos.
  • Inspectoría General informará de manera inmediata al/la Director/a


  • Registrar en hoja de vida del estudiante y libro de Inspectoría General.


  • Se aplicará el mismo procedimiento para los cómplices del robo o hurto.



Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento











La Comunidad Educativa mantiene conductas de respeto y de no violencia entre todos los integrantes de ella.





Charla psicoeducativa sobre Ley de Violencia Escolar; bullying y consecuencias.



Actividades recreativas por el buen trato.



Actualización del protocolo de actuación, frente a situaciones de hostigamiento o bullying, (Se adjuntan a este Manual).













Agredir verbalmente o vía internet a compañero: insultos, garabatos, sobrenombres.




Agredir físicamente a compañero.
















Gravísima











Pedagógica
(técnicas de resolución de conflicto)



Administrativa














Todos los funcionarios








  • El funcionario que observa la falta, en primera instancia detiene el hecho de agresión para luego mantener una conversación educativa con el estudiante.

  • Se informará al inspector de Nivel. De reiterar falta, se registrará en hoja de vida dando aviso al Profesor Jefe.


  • En caso de agresión física el funcionario que observe el hecho en primera instancia detiene el hecho de agresión para luego mantener una conversación educativa con el estudiante. En forma inmediata deriva caso a Inspectoría General quien revisará procedimientos aplicados anteriormente. Inspectoría General, citará al apoderado, registrando en hoja de vida del estudiante y libro de Inspectoría.

  • Si ocurre fuera del establecimiento y la escuela toma conocimiento, Inspectoría General informará a los apoderados de lo ocurrido, el cual está en libertad de realizar la denuncia correspondiente, de igual forma según la magnitud de los hechos se informará a la corporación.












Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento










La Comunidad Educativa mantiene conductas de respeto y de no violencia entre todos los integrantes de ella.















Charlas y talleres psicoeducativas en adecuado uso de los medios tecnológicos.













Agredir de manera verbal, físicamente o cualquier medio tecnológico a un docente u otro funcionario del establecimiento















Gravísima














Administrativa








Funcionarios

Docente

Inspector de Nivel

Inspectoría General


Dirección









  • El funcionario agredido verbal y/o físicamente informa a Inspectoría General y ésta a Dirección, quienes evaluarán, investigarán y si procede, se cancelará la matrícula de forma inmediata.


  • Director y/o Inspectoría General Comunicarán la situación a la Corporación y denunciarán a Carabineros según la magnitud de los hechos. De igual forma se procederá en el caso de que un adulto agreda a un niño.


  • En caso de ser un apoderado quien ejerza la agresión, se informará a Inspectoría General y a Dirección, quien a su vez informará a Carabineros y Corporación. Apoderado será sancionado perdiendo la condición como tal en el Establecimiento.



Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento










La Comunidad Educativa Mantendrá Conductas de respeto hacia su propio cuerpo y al de los demás




















Talleres y Charlas psicoeducativas orientadas al autocuidado, respeto del cuerpo y sexualidad responsable.



Charlas para padres sobre prevención del abuso sexual infantil.



§  Rozar, tocar y/o mostrar zonas íntimas de otra persona.

§  Realizar actos de masturbación, visibles, dentro del establecimiento educacional.
§  Abuso sexual o violación (se adjunta protocolo de actuación).

§  Expresiones afectivas con connotación sexual exacerbadas

.















Gravísima












Pedagógica




Administrativa













Toda la Comunidad Educativa





  • El integrante de la Comunidad Educativa que observa la falta, detendrá situación y tendrá conversación pedagógica con el /la estudiante (según protocolo a utilizar), informa al Inspector de Nivel y a su vez este al Profesor Jefe.

  • Derivación a Inspectoría General quien citará al apoderado de manera inmediata, registrando hecho en hoja de vida del estudiante y libro de Inspectoría. Derivación a Dupla Psicosocial de ser necesario.

  • Se realiza una contextualización en relación a la situación.


  • En el caso de abuso sexual y/o violación, cualquier persona que toma conocimiento informa de los hechos a Inspectoría General y/o Director(a) quienes realizarán la denuncia en un plazo de 24 horas tomado conocimiento de los hechos.




Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento
Ley Zamudio (Por la no discriminación)

La Comunidad Educativa Mantiene conducta de no discriminación; Raza, Etnia, Nacionalidad, Nivel socioeconómico, idioma, ideología u opinión política, religión o creencias, sexo, orientación sexual, identidad de género, estado civil, edad, enfermedad o discapacidad (Ley n° 20.609 contra la discriminación).





Charlas Psicoeducativas en relación a la no discriminación.

Realizar jornadas de debate en relación a la no discriminación.


Actividades Recreativas orientadas a la no discriminación.









Realizar conductas discriminatorias hacia cualquier integrante del establecimiento Educacional.













Gravísima







Pedagógica


Administrativa


Reparatoria











Toda la Comunidad Educativa







  • El integrante de la Comunidad que observe o viva una situación de discriminación deberá dar a conocer a Inspector de Nivel, Profesor Jefe y a Inspectoría General lo ocurrido. Se citará al apoderado de manera inmediata.

  • Se registrará en hoja de vida del estudiante y en libro de Inspectoría.

  • Inspectoría General una vez completado los procedimientos derivará al Departamento Convivencia a la Dupla Psicosocial al apoderado y estudiante.





Norma

Métodos  preventivos

Falta a la norma

Grado de la falta

Sanción

Responsable

Procedimiento




Ley de Inclusión escolar (Ley Nº 20.845). La comunidad educativa, velara por el cumplimiento de la nueva ley de inclusión escolar.





Realizar charlas psicoeducativas, con el fin de dar a conocer la nueva Ley de inclusión escolar.








Realizar conductas discriminatorias hacia cualquier integrante del establecimiento Educacional.













Gravísima







Pedagógica


Administrativa


Reparatoria








Toda la Comunidad Educativa
  • La Ley establece y consagra los derechos para todos los miembros de la Comunidad Educativa.

  • Se establecen reglas generales para los procesos de admisión de todos los establecimientos con reconocimiento oficial y acción de no discriminación arbitraria de la Ley Nº 20.609.

  • Se reconoce el derecho de los padres, madres y apoderados a asociarse libremente.


  • La escuela no está facultada para expulsar o cancelar matricula a los alumnos, si no ha evidenciado todo el apoyo que el establecimiento haya establecido en sus procedimientos de convivencia; pero si para reubicar en otro establecimiento educacional de la misma corporación.



















































































































































































































































































































































































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