REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DE EDUCACION GENERAL BASICA DE LA ESCUELA DIEGO PORTALES SAN BERNARDO. 2015
Párrafo N° 1: De las disposiciones generales.
Articulo 2-: Proceso de evaluación y aspectos administrativos complementarios.
1. - Se realizarán 6 Consejos de Evaluación.
1 consejo se realizará al comienzo del Año Escolar.
4 consejos se realizarán: Al término de cada bimestre y 1 al finalizar el Año Escolar. También se realizarán consejos de complementación para análisis de los instrumentos legales, análisis y soluciones de problemáticas evaluativas en el transcurso del año.
PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS:
DIAGNOSTICA: Al comienzo del año escolar y cuando el profesor lo estime conveniente.
FORMATIVA: En forma constante y permanente a objeto de evaluar los logros alcanzados por el grupo curso o en forma individual.
SUMATIVA: Al término de cada unidad bimestral de aprendizaje y cuando el profesor lo estime conveniente.
FORMAS DE EXPRESIÓN:
Las evaluaciones diagnósticas serán expresadas en signos +, - por objetivos, señalando la situación de logro, como insuficiente, elemental y adecuado.
Las evaluaciones formativas, sumativas o acumulativas serán expresadas en forma numérica y categorizada según el nivel de logro: insuficiente, elemental y adecuado.
Es de responsabilidad del profesor de la asignatura informar al alumno a lo menos con una semana de anticipación, la fecha y tipo de evaluación a administrar, listado de objetivos, contenidos y/o materiales.
Al término de cada semestre se evaluará el rendimiento de cada curso y los aspectos más relevantes del área de desarrollo.
Al comienzo de cada año escolar se realizará reuniones para traspasar información de los diferentes cursos a los nuevos profesores que desempeñarán la función de Profesor Jefe.
En el Consejo de Evaluación final, se sacarán conclusiones sobre ventaja y desventaja de la aplicación del presente reglamento, como así mismo las modificaciones o rectificaciones de las disposiciones contenidas en el mismo. ( Decreto 511).
II.- INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN.
Los instrumentos de evaluación que serán aplicados de Primero a Octavo Año Básico:
Prueba coeficiente uno: al término de cada unidad relevante o cuando el profesor lo estime conveniente.
Pruebas coeficiente dos: Al término de cada unidad relevante de aprendizaje bimestral, al término del semestre o cuando el profesor lo estime conveniente.
Se realizarán pruebas en período bimestral, en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, H.G.C.S. y Ciencias Naturales, planificadas por cursos paralelos y docentes de la asignatura, de primero a octavo año. Estas deben ser entregadas a UTP para su revisión. Los resultados en Lenguaje, Matemática, H.G.C.S. y Ciencias Naturales deben ser comunicados y analizados en el consejo bimestral de evaluación para adoptar remediales atingentes a las realidades de cada curso.
La Evaluación recuperativa de Primero a Octavo año Básico, se aplicará en todas las asignaturas para aquellos alumnos que no hayan alcanzado la nota mínima de 4,0.
Se utilizaran diversos instrumentos evaluativos, tales como: prueba escrita, informes, listas de cotejos, pautas de observaciones, trabajos de investigación, guías de trabajo, trabajos grupales; y lo que el profesor estime conveniente.
Será derecho de la alumna y alumno conocer la calificación resultante de una evaluación a la que ha sido sometido (a) en un máximo de tiempo de 10 días hábiles.
III.- EVALUACIÓN DIFERENCIADA.
Las evaluaciones respetarán las diferencias individuales y el ritmo de aprendizaje de los alumnos, diagnosticados por el especialista, según el déficit determinado. La escala de evaluación aplicable será de 2.0 a 7.0.
El alumno que tenga problemas de escritura se evaluará en forma oral. El alumno que tenga problemas de lectura, lenguaje oral se aplicará instancias escritas; esto puede ser en forma individual, realizado por el especialista, profesor de asignatura o en conjunto, según la adecuación curricular. (Transitoria o permanente, con el documento que lo certifique, según la NEE que presenta).
En Educación Física y Salud: aquellos niños con problemas físicos y de salud, deben presentar certificado médico. Serán evaluados según su dificultad, con trabajos de investigación u otras modalidades que respeten sus limitaciones.
Los alumnos con déficit intelectual y dificultad del aprendizaje, deberán ser derivados a especialistas o profesional idóneo para ser evaluado y obtener el informe correspondiente para ser presentado al profesor jefe quien informará a U.T.P.
Los alumnos PIE, deben asistir en forma obligatoria y tendrán el seguimiento correspondiente. También se le entregará un informe con sus avances al profesor jefe, a los apoderados y a U.T.P.
Los profesores de Aula de Recurso podrán dar su opinión frente a la situación final que obtuviere el alumno tratado en sus dificultades. Los alumnos con déficit intelectual y dificultad del aprendizaje se les podrá sumar el % de rendimiento, más un 20% adicional por esfuerzo realizado en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Matemática.
Los alumnos que pertenecen al Proyecto de Integración con déficit intelectual serán evaluados por los profesores de las asignaturas de Lenguaje y Matemática, en conjunto con los profesionales encargados del proyecto, en casos especiales y determinados por los especialistas se reforzará también en las asignaturas de H.G.C.S. y Ciencias Naturales.
El porcentaje de las evaluaciones aplicadas a cada alumno será de un 50% por parte del profesor especialista y del 50% por parte del docente de asignatura. (Solo para alumnos permanentes).
En el área sicológica los alumnos serán diagnosticados por el profesional a cargo.
Los alumnos con dificultad de aprendizaje DEA o FIL, serán evaluados en forma diferenciada por los profesionales del proyecto, en conjunto con el profesor de aula o solo por el profesor de la asignatura.
Los alumnos de Integración podrán ser eximidos de la asignatura de Inglés, aquellos con diagnostico permanente y en casos calificados de acuerdo a la decisión tomada por los profesionales encargados del Proyecto, en caso de que el alumno sea eximido podrá participar de la clase sin ser evaluado en la asignatura, pero con la obligación de realizar un trabajo escolar diferenciado, que será evaluado según los conceptos del desarrollo de personalidad y cumpliendo con las normas de disciplina establecidas en el aula.
IV.- DE LAS CALIFICACIONES
Las asignaturas con 5 a 8 horas del Plan de Estudio, deberán tener entre cinco y siete notas parciales más una coeficiente dos. Como mínimo 7 notas y como máximo 10 al término de semestre.
Las asignaturas con 4 horas del Plan de Estudio, deberán tener 4 notas parciales y una coeficiente dos. Esto corresponde a un total de 6 notas al término de cada semestre.
Las asignaturas con 2 o 3 horas del Plan de Estudio obtendrán 2 notas parciales y una coeficiente dos, con un mínimo de 4 y máximo de 6 calificaciones, al término de cada semestre.
Las asignaturas con 1 hora del Plan de Estudio obtendrán 1 nota parcial y una coeficiente dos, con un mínimo de 3 y máximo de 4 calificaciones, al término de cada semestre.
Los alumnos y alumnas serán calificados en todas las asignaturas que corresponden al Plan de Estudio, utilizando la escala numérica de 2.0 a 7.0 acordado en Consejo Técnico de evaluación para que el alumno tenga una mayor opción en lograr un promedio suficiente. Estas calificaciones deberán referirse solo al rendimiento escolar y no como medida disciplinaria.
La calificación mínima de aprobación para todos los alumnos y alumnas de primero a octavo básico será 4.0.
No se aplicarán notas inferiores a 2.0 por su efecto negativo.
Las calificaciones de los alumnos y alumnas de primero a octavo básico podrán tener esta característica: grupales, evaluaciones participativas, individual, coevaluación, autoevaluación o las que el profesor estime conveniente.
Si en una prueba se obtuviese más del 30% de insuficientes se deberá replantear los objetivos, reestructurar el instrumento evaluativo y ser aplicado nuevamente, permitiendo a los alumnos optar por la calificación más alta en la prueba de repetición.
Los alumnos que por causa justificada no puedan asistir a una instancia de evaluación programada deberán:
Justificar su inasistencia con su apoderado, quien deberá concurrir al establecimiento dentro del plazo de dos días o mediante certificado médico.
Justificada la inasistencia el alumno tendrá derecho a ser evaluado en una nueva fecha, dentro de los cinco siguientes días.
Si no hay justificación el profesor deberá evaluarlo en la primera oportunidad que le sea conveniente.
Si reiteradamente el alumno no se presenta a las instancias sugeridas, se registrara en la hoja de vida su incumplimiento y se informara a unidad técnica; no será evaluado por inasistencia o incumplimiento.
Si a un alumno se le sorprende copiando, se le administrará una nueva prueba y la calificación obtenida no podrá ser superior a 4.0.
Si un alumno se niega a realizar una evaluación sin motivo justificado, se solicitará la intervención del apoderado, U.T.P. y dirección; quienes tomarán las medidas pertinentes conjuntamente con el profesor de la asignatura.
Para aquellos alumnos que por inasistencias reiteradas o por deserción no justificada no fueron evaluados, podrán solicitar un beneficio especial a la Dirección, presentando una petición por escrito para acceder a una prueba especial, cuya calificación no podrá ser superior a 4.0.
La calificación obtenida por los alumnos y alumnas en la asignatura de Religión no incidirá en su promoción y se registrará en conceptos (I, S, B y MB).
Los instrumentos evaluativos aplicados bimestralmente y pruebas recuperativas serán revisados por UTP y debidamente archivados en registros anuales.
Las calificaciones que obtendrán los alumnos durante el año serán:
PARCIALES: corresponderán a las calificaciones coeficiente uno o coeficiente dos, obtenidas durante el semestre, en las respectivas asignaturas.
BIMESTRALES: corresponderán a las calificaciones de corte evaluativo, de 1º a 8º año en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación; Matemática; H.G.C.S y Ciencias Naturales, al término de cada Unidad.
SEMESTRALES: corresponderán al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas por el alumno en cada asignatura, con un decimal y la centésima con aproximación.
FINALES: corresponderán al promedio aritmético de las calificaciones de los dos semestres con un decimal y con aproximación.
PROMEDIO GENERAL ANUAL:
Corresponderá al promedio de todas las notas de las asignaturas del plan de estudio respectivo, con un decimal y la centésima con aproximación.
DE LA PROMOCIÓN: Para la promoción de los alumnos se considerará:
1- La Asistencia.
2- El Rendimiento
Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar.
No obstante por razones de salud u otra causa justificada, el Director de la Escuela y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de los alumnos y alumnas de Primero a Octavo año Básico, previa solicitud de apelación escrita por el apoderado, por una vez y en situaciones extremas, calificadas por la dirección, se otorgará una segunda oportunidad.
Para la promoción de Primero y Tercer año Básico se modifica Artículo 10 del Decreto 511 en relación a la promoción, por Decreto 107 del 20-02-2003.
Todas las situaciones de evaluación de los alumnos y alumnas de Primero a Octavo año Básico, deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente.
RESPECTO A LOS LOGROS DE LOS OBJETIVOS.
-Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos las asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.
-Serán promovidos los alumnos de los cursos de Primero a Octavo Básico que no hubieran aprobado una asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 4,5 o superior, incluido en e1 no aprobado.
-Serán promovidos los alumnos de Primero a Octavo año Básico que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su promedio corresponda a un 5,0 o superior, incluido los dos no aprobados.
-El logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales se registrará en el informe de Desarrollo Personal y Social del alumno, el que se entregará a los padres y apoderados junto con el informe de calificaciones anual final.
FORMAS DE COMUNICAR A LOS PADRES LAS CALIFICACIONES.
Los padres recibirán la información de las calificaciones obtenidas por su hijo a través de informe escrito con las notas registradas, en cuatro ocasiones durante el año:
· Durante cada semestre se entregará un avance con las notas obtenidas.
· Al término de cada semestre recibirán la calificación final de éste a través de un Informe de notas impreso.
PERIODOS SEMESTRALES:
Los alumnos serán evaluados en períodos semestrales.
VENTAJAS:
-Dar mayor margen de tiempo para pasar las unidades de aprendizaje.
-Dar al alumno más retroalimentación cuando los resultados de las evaluaciones no han sido óptimos.
-Permite al profesor optimizar su trabajo pedagógico administrativo.
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
-Se resolverán las situaciones que no estén previstas en el Manual de Evaluación, solicitando apoyo a la U.T.P. conjuntamente con la Dirección de la Escuela.
-Los alumnos que ingresen tardíamente a la Escuela y no traigan calificaciones en el semestre deberán regirse por el sistema aplicado en el establecimiento.
-Los alumnos que ingresen tardíamente a la Escuela y vengan con una evaluación trimestral se la conservará la nota como parcial.
-Los alumnos que ingresen tardíamente a la Escuela y vengan con régimen trimestral, se les sumará los dos trimestres y formarán un semestre.
- Los alumnos y alumnas tendrán derecho a la eximición de una asignatura por Decreto 158 del 21-06-1999 según Artículo 5 del Decreto 511 del año 1997.
-Al inicio de cada año escolar se realizará un consejo técnico de articulación por niveles y cursos.
- Para alumnas embarazadas y/o madres se determinará un procedimiento especial de evaluaciones y promoción, según la situación individual de cada caso.
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